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| Andorra tiene dos fronteras. Del lado
francés en el Pas de la Casa y del lado español en la Farga
de Moles. Ambas están abiertas día y noche.Documentos que se
exigen:- para los países miembros de la CEE documento nacional de identidad.-
para los demás: pasaporte o equivalente.
Al regresar a la Unión Europea tras visitar el Principado de Andorra, pueden llevarse por persona, sin pagar aranceles ni impuestos, las cantidades o los valores de productos comprados en Andorra que se indican en la columna de más abajo. Si no superan los límites indicados, y siempre que se trate de productos para uso personal, noestarán obligados a declararlos a las aduanas comunitarias. ¡ Cuidado! las cantidades y los valores autorizados pueden variar según la edad. Las cantidades autorizadas de bebidas alcohólicas, tabaco, café, té, perfumes y aguas de tocador están limitadas y no se toman en cuenta su valor. Las cantidades autorizadas de leche, mantequilla, queso, azúcar, dulces y carne están limitadas y se toma en cuenta su valor. En cambio, para los demás productos agrícolas(alimentación, bebidas y tabaco) o industriales (manufacturados no alimenticios), el límite solo se aplica sobre el valor. Tienen que declarar a la aduana todos los productos que sobrepasen las franquicias individuales; no pueden acumular las franquicias en valor, ni entre vaijeros ni entre productos agrícolas e industriales, para llevarse un productos cuyo valor sobrepase la franquicia individual correspondiente. Infórmese en la aduana comunitaria, antes de pasar la frontera, sobre las limitaciones especiales que puedan aplicarse, en particular sobre productos animales o vegetales, animales vivos, especies en vías de extinción, medicamentos, armas y municiones, objetos de arte de colección, oro y medios de pago. |
PRODUCTOS AGRÍCOLAS Café 1000 g de café o 400 g de extractos Té 200 g de té o 80 g de extractos Alcohol (*) 1,5 l de licores de más de 22 grados o
3 l de licores o aperitivos de menos de 22 grados o de vinos espumosos
5 l de vinos de mesaTabaco 300 cigarrillos o
150 puritos (de menos de 3 g por pieza) o
75 cigarros puros (demás de 3 g por pieza) o
400 g de picaduray tabaco para pipaOtros productos agrícolas Hasta un valor de 175,00 Euros - las personas menores de 15 años, hasta un valor de 90,00 Euros, - sin sobrepasar: 2,5 kg de leche en polvo
3 kg de leche condensada
6 kg de leche freca
1 kg de mantequilla
4 kg de queso
5 kg de azúcar y dulces
5 kg de carne
PRODUCTOS INDUSTRIALES Perfumes 75 g de perfumes
375 ml de coloniasOtros productos industriales Hasta un valor de 525,00 Euros - las personas menores de 15 años, hasta un valor de 270,00 Euros. Cantidades y importes máximos por personas.
(*) Para estos productos, las personas menores de 17 años no se benefician de ninguna franquicia.